Nuevo formarto 350 retefuente a partir del 1 de agosto del 2024

¿Como Aplicar retenciones a Uniones temporales o Consorcios…?

Es una pregunta que retumbo en la comunidad contable entre los grandes tertuleros y tributaristas, resono la pregunta de los consorsios y las uniones temporales en cambiazo del formato de retefuente 350 de la DIAN.

Nosotros de nuestro lado solicitamos que la DIAN respondiera y esto concluyo (Palabras sacadas del texto):

“En el evento en que la facturación la efectúe el consorcio o la unión temporal bajo su propio NIT, en ella se debe
determinar el procentaje o valor del ingreso que corresponda a cada uno de los miembros del consorcio o unión
temporal con indicación del nombre y NIT de cada uno de ellos. En este caso, quien efectúe el pago o abono en
cuenta debe practicar al consorcio o unión temporal la respectiva retención en la fuente a título de renta y corresponde
a sus miembros asumir la retención en la fuente a prorrata de su participación en el ingreso facturado.”

Ahora bien, recuerden pedir el RUT del consorcio o union temporal, revisar la pagina 4 y revisar la casilla 121 y ver cual es el porcentaje de participacion de este y prorratear de acuerdo a sus ingresos a cada uno de los miembros de estos tipos de contrato de colaboracion su respectiva retencion y relacionarla en el formato 350 como personas juridicas.

Ya sabe amigo contador o en su defecto mejor amigo auxiliar contable no se equivoque revise el rut y a trabajar mas…!

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