DEVOLUCION DE IVA EN EXTRANJEROS
En el texto del Convenio, las expresiones “IVA” y “Impuesto sobre las Ventas” tienen igual significado y se entenderá que incluyen un impuesto similar que pueda imponerse en el futuro, además del impuesto que grava las ventas de bienes y servicios en la República de Colombia. Los gobiernos de Egipto, Perú, Chile y la República de Colombia han firmado un documento importante que es el convenio de cooperación mutua, en el que se ha convenido facilitar la forma de devolución del IVA a extranjeros. El gobierno de la República del territorio asignante se compromete a devolver a las personas contempladas en el presente Convenio, el Impuesto al Valor Agregado, en adelante IVA, pagado por ellas dentro del territorio de la Parte asignante en el caso de la República de Colombia, a través del Banco de la República, a la cuenta creada por la respectiva autoridad pública en el sistema de cámara de compensación internacional.
En consecuencia, la Administración Tributaria del lugar de residencia del contribuyente podrá demandar todo tipo de pruebas sobre la salida del territorio, tales como recargo en el pasaporte o formulario con sellos de la aduana correspondiente en el cual se acredite que el turista salió con los productos. El mecanismo de gestión del convenio está a cargo de la Dirección de Impuestos Nacionales y Responsables del IVA en Colombia y, con el cumplimiento de los términos y procedimiento de la norma, podrán obtener la devolución del impuesto
Para descargar la guia de la DIAN de como hacerlo puede dar clic aquí.
Para saber donde presentar la declaracion en Colombia segun su ubicacion de clic aquí o copie y pegue este enlace en su navegador:
https://www.gov.co/ficha-tramites-y-servicios/T329
Para entrar al modulo informativo de devolucion IVA turistas de clic aqui o copie y pegue este enlace:
**Convenio de Cooperación Mutua en Materia de Devolución del IVA**
En el marco de la globalización y el aumento del turismo internacional, es fundamental establecer mecanismos legales que faciliten la movilidad y el intercambio económico entre naciones. En este sentido, se ha firmado un Convenio de Cooperación Mutua entre los gobiernos de Egipto, Perú, Chile y la República de Colombia, cuyo objetivo principal es facilitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los extranjeros. Este documento establece que las expresiones “IVA” e “Impuesto sobre las Ventas” tienen igual significado, abarcando no solo el impuesto vigente en la actualidad sino también cualquier impuesto similar que pueda ser establecido en el futuro.
La devolución del IVA a los extranjeros no solo es una medida que considera el interés del turista, sino que también se erige como un componente esencial para fortalecer las economías locales y promover el desarrollo sostenible. Al implementar estos mecanismos, los países firmantes están dando un paso hacia la integración económica regional, reconociendo la importancia de trabajar juntos en un mundo interconectado donde el turismo juega un rol crucial en el intercambio cultural y comercial.
Finalmente, es imperativo que los turistas estén debidamente informados sobre los procedimientos requeridos para obtener la devolución del IVA, así como de los documentos necesarios para validar su solicitud. La educación y la promoción de estos programas son clave para maximizar sus beneficios, no solo para los visitantes, sino también para la economía del país anfitrión. La administración eficiente de este convenio puede posicionar a Colombia como un referente en la política de devolución de impuestos a extranjeros, lo que podría estimular un incremento en la afluencia turística y fomentar una relación comercial más estrecha entre los países firmantes, beneficiando así a todos los involucrados.